MODIFICACIÓN DEL ART. 21 DEL R.O.C.

30/11/2023

Se modifica, tras la aprobación del Comité Perrmanente y de la Asamblea General del Trofeo Boscos, el Art. 21 del Cap. 3 del Reglamento Oficial de Competición, relativo al Colectivo Arbitral.

Capítulo 3º COLECTIVO ARBITRAL.

Art. 21. Cuando un árbitro o Delegado disponga de ficha y participe también como jugador en un equipo queda expresqamente prohibido que lo haga en la misma modalidad, de modo que si es jugador/delgado de campo solo podrá arbitrar encuentros de pista y si es jugador/delegado de pista solo podrá intervenir como árbitro en campo.

(A partir de esta fecha se añade):

       21.a. EL COORDINADOR DEL TROFEO, A PETICIÓN DEL PROPIO INTERESADO, PODRÁ ESTUDIAR Y AUTORIZAR LAS EXCEPCIONES NOMINALES A ESTA NORMA QUE CONSIDERE CONVENIENTES.

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