Anexo a la Sección 1ª. Art. 53-54 de los Estatutos.

30/11/2023

En cumplimiento del art. 24.B de los Estatutos del Ente, se aprueba, con efecto en el Reglamento Oficial de Competición, de la facultad del Coordinador del Trofeo Boscos para:

  1. Apercibir a los equipos por su comportamiento en los partidos o, en general, en relación con su participación en el Trofeo Boscos cuando los hechos así lo aconsejen y el Comité de Competición no cuente con suficientes evidencias que le permitan aplicar el Reglamento.
  1. Supervisar y modificar si es el caso la adjudicación de arbitrajes realizada por el responsable de dicha función siguiendo criterios de conveniencia para el buen desarrollo del campeonato.

Esas facultades se entienden concedidas al Coordinador según el Art. 53 de los Estatutos de Ente desde la presente fecha.

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Esta empresa/entidad ha recibido una ayuda cofinanciada al 100% con recursos REACT UE, a través del Programa Operativo FEDER 2014-2020 de Navarra, a través del Objetivo Específico “OE REACT UE 2. Apoyo a las inversiones que contribuyan a la transición hacia una economía digital” como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19”.